UNIVERSIDAD DE LA MARINA MERCANTE
Facultad de Humanidades
Carrera: Licenciatura en Psicología
Asignatura: Psicología
Organizacional
Profesor: Lic.
Tesoro, Héctor
Comisión: Turno
noche
Alumnos: Andrada, Cecilia
Calvo, Monica
Cecati, Malena
Citta, Ana
Ferrarini, Juan
Gabrieli, Mariana
Gorosito, Patricia
Mansilla, Andrea
Mauro, Noelia
Montes Fueyo, Camila
Fecha de entrega:
30-05-2014
MARCO HISTÓRICO
DESCUBRIMIENTO DEL HIV
A partir de
la década del 80, se descubre la aparición de una enfermedad duradera con una diferencia
temporal enorme entre la exposición a un agente desconocido (mediante
contacto sexual o sanguíneo), y una inmunodeficiencia severa, que
causaba la muerte por patógenos oportunistas. Fueron muchos los factores que se tuvieron en cuenta para encontrar la
causa de un mismo patrón pero que difería severamente de otro tipo de
enfermedades (hongos, compuestos químicos, fenómenos autoinmunes.)
Resulta aun desconocido el medio por el cual la cepa del virus del HIV
comenzó a afectar a los seres humanos y a propagarse tan rápidamente, existen
muchas teorías alrededor de esto. Sin embargo, en estos momentos se asociaba
erróneamente a la adquisición de la enfermedad por prácticas comunes en la
comunidad homosexual (promiscuidad,). Luego, a los casos de sida en
homosexuales y hemofílicos, se agregan los usuarios de drogas intravenosas. A
mediados de la década del 80 se descubre un gran foco de epidemia en África, y
se comprueba que la transmisión no solo es en homosexuales, sino también en
heterosexuales y hasta comenzaban a existir casos de personas sanas que
resultaban infectadas por transfusiones de sangre.
EL DESARROLLO DE LA ENFERMEDAD
Se denomina
S.I.D.A. al Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.
Síndrome entendido como un conjunto de manifestaciones
(síntomas) que caracterizan a una enfermedad.
Inmuno:
porque afecta el sistema inmune, de
defensas de nuestro cuerpo.
Deficiencia:
nos indica que el sistema de defensas no funciona o funciona incorrectamente.
Adquirida:
porque el mismo se adquiere. No es congénita ni hereditaria.
El SIDA es
una enfermedad infecciosa causada por un virus denominado Virus de la Inmunodeficiencia Humana
(VIH o HIV) o virus del SIDA. Una enfermedad infecciosa es aquella que es
causada por un germen y que puede transmitirse de una persona a otra. Un virus
es una pequeña partícula infecciosa que sólo puede vivir como parásito de las
células del organismo, donde se multiplica. Fuera de las células sobrevive con
dificultad y durante poco tiempo.
El HIV tiene
la particularidad de atacar a los linfocitos que son los directores de nuestro
sistema de defensa. Inicialmente el HIV permanece en estado latente, es decir,
"dormido" dentro de los linfocitos. En algunos casos, al cabo de un
tiempo, a menudo años y por causas aún no bien determinadas, el virus se
activa, es decir, se "despierta" y comienza a destruir los
linfocitos. De esta forma, el HIV debilita progresivamente el sistema inmune,
logrando que nuestro organismo no pueda luchar adecuadamente contra diversos
gérmenes.
Vale aclarar si es lo
mismo estar infectado por el HIV que padecer la
enfermedad del sida, esto no es así, ya que el hecho de que una persona esté infectada
por el HIV, es decir, que sea portadora del virus, no quiere decir que tenga o
vaya a tener SIDA, pero sí indica que puede transmitir la infección a otras
personas.
Se puede
transmitir por 3 vías:
-
Sanguínea: A través del intercambio de agujas y
jeringas y/o cualquier elemento punzante. Durante el embarazo y el parto y por
transfusiones de sangre no controladas.
-
Transmisión sexual: Las
relaciones sexuales pueden transmitir el HIV, ya sean homosexuales o heterosexuales.
El paso del virus se realiza a través de las lesiones o heridas microscópicas.
-
Transmisión perinatal: Una mujer
portadora del HIV puede transmitir la infección a su bebé durante el embarazo,
el parto o la lactancia. Este
riesgo se puede reducir en forma sustancial si la mujer es tratada precozmente
durante su embarazo y evita darle de mamar a su bebé.
Es el
momento de contacto. El VIH entra a la corriente sanguínea e infecta las
células CD4 que son parte del sistema inmunológico. Las personas son
consideradas como portadoras del virus inmediatamente después de su infección.
Se da durante los primeros 5 días.
-
Infección
Aguda/ Seroconversión.
Es el
momento después de que se da la infección total y hasta que el cuerpo comienza
a producir los anticuerpos contra el virus comenzando a tener síntomas
parecidos a los de la gripa fuerte. Es el periodo comprendido después de la
infección y durante las próximas 8
a 12 semanas.
La mayor
parte de las personas infectadas se ven saludables por muchos años aunque
tengan el virus en sus cuerpos.
-
Deterioro
del Sistema Inmunológico/Asintomática.
Etapa
después de la seroconversión hasta que aparecen los primeros síntomas y signos
de la inmunodeficiencia, su tiempo promedio es de 7 a 10 años.
En la
mayoría de los casos en que no hay una intervención con un tratamiento, el
virus parece dañar lentamente al sistema inmunológico durante años después de
la infección.
-
Síntomas
Leves y no Específicos o Linfadenopatía Generalizada Persistente.
Durante esta
etapa se presenta inflamación de los ganglios linfáticos para contrarrestar la
infección por el VIH; otras manifestaciones
que aparecen son fiebres ocasionales, diarreas de corta duración,
sudoraciones nocturnas, pérdida de peso, fatiga, etc. Usualmente, los síntomas
aparecen cuando el virus ha causado daño considerable al sistema inmunológico.
-
SIDA
Esta es la
última etapa de la infección por el VIH, hay presencia de síntomas más
graves y una serie de infecciones
oportunistas.
Es
importante que la gente que está infectada con el VIH, reciba cuidado médico
adecuado para tratar cualquier síntoma o enfermedad que desarrolle. Se
recomienda que durante la evolución de la enfermedad, se realice cada cierto
tiempo, un conteo de los anticuerpos que el cuerpo produce para combatir al
VIH, un examen de laboratorio para conocer la cantidad de células CD4 y un
conteo de la cantidad de partículas virales que hay en la sangre
-
DETECCIÓN DEL VIRUS Y SU PREVENCIÓN
El HIV sólo
puede detectarse mediante un análisis de sangre, la detección del mismo sirve
para:
-
Para saber que, si se ha infectado, usted no
debe tener relaciones sexuales sin preservativos ni compartir agujas.
-
Para evitar un embarazo y, en caso de no
querer hacerlo, para no amamantar al bebé.
-
Para empezar a recibir ayuda médica. Existen
distintas drogas para retardar el desarrollo de la enfermedad y mejorar la
calidad de vida.
CONSENTIMIENTO INFORMADO Y CONFIDENCIALIDAD
El análisis
del SIDA puede hacerse solamente con su consentimiento, es confidencial y debe
estar confirmado. Dado que la prueba de Elisa no es específica de la infección
por HIV, su resultado debe ser confirmado con otras pruebas.
Después de
la prueba del anticuerpo del SIDA, usted recibirá un resultado positivo o
negativo. El resultado positivo sólo es válido cuando está confirmado.
Si su análisis es HIV NEGATIVO significa
que existen muchas posibilidades de que no haya contraído la infección por HIV.
Sin embargo es conveniente que este análisis se repita a los 4 meses, si así le
fue indicado.
"Período Ventana"
Es el tiempo
(aproximadamente de 2 a
6 meses) que transcurre desde que una persona se infecta hasta que el organismo
crea los anticuerpos para poder defenderse del HIV.
Es importante siempre
usar preservativo. Si mantiene relaciones sexuales con una persona que vive con
HIV -cualquiera sea su sexo- deberá repetir el análisis cada 3 meses, sin
olvidar el período ventana. Hasta que no haya realizado el segundo análisis -si
esto le fue indicado- no permita que su sangre, semen o fluidos vaginales
lleguen a otras personas. No done sangre ni órganos.
HIV POSITIVO
El resultado
positivo significa que se ha desarrollado el virus en su cuerpo. Que tenga el
virus del HIV no quiere decir que desarrollará el SIDA y se enfermará. Deberá
Consultar lo antes posible con un médico infectólogo para que lo oriente.
Es
importante que se recuerde que una persona puede estar infectada por el HIV y
conservar un estado saludable durante muchos años. Lo fundamental para ello es
respetar el tratamiento que le fuera indicado.
La persona
infectada deberá informales a las personas que hayan tenido contacto sexual o
hayan compartido jeringas o agujas con ella para que consulten al hospital más
cercano.
Si su pareja
no tiene el HIV debe realizarse el análisis cada 3 meses. Si ambos integrantes
de la pareja tienen el HIV, igual deben cuidarse, porque volver a infectarse es
perjudicial ya que incrementa la posibilidad de enfermarse.
TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD
Hay
tratamientos que, aunque no eliminan el virus, tienden a detener su avance.
Estos tratamientos han progresado, logrando una mejor calidad de vida para las
personas que viven con HIV.
Una mujer
embarazada que tiene el virus del HIV puede transmitir la enfermedad a su bebé.
Esto puede suceder durante el embarazo, en el momento del parto o por medio de
la leche materna. Es muy importante que la mujer embarazada sepa si está
infectada o no. El tratamiento precoz aumenta muchísimo las posibilidades de no
trasmitir el virus al bebé. Es fundamental la consulta al médico para recibir
toda la información y asistencia que necesite sobre su embarazo y las
alternativas de tratamiento.
EL HIV Y SUS CONSECUENCIAS SOCIALES Y
LABORALES
El nuevo virus trajo
consigo innumerables temores y dudas sobre sus efectos y consecuencias. En un
principio la incapacidad de los científicos de dar respuestas generó pánico en
la sociedad que empezaba a considerar al SIDA como una epidemia y a sentirse
todos amenazados por él.
La comunidad
científica acordó en sus primeras investigaciones que se trataba de una
enfermedad que portaban los homosexuales, lo cual forjó una alta
estigmatización para este sector de la sociedad. Con el tiempo fueron descubriendo
que no solo los homosexuales sino también los drogadictos que compartían las
jeringas se contagiaban, a partir de esto se pudo arribar a la conclusión de
que este virus era trasmitido a través del torrente sanguíneo o por fluidos
orgánicos por lo que nadie estaba exento de contraerlo. Se hizo importante
informar a la gente para “prevenir” su contagio. La prevención consiguió
disminuir la “epidemia” sin embargo aún se perciben los resabios de la
ignorancia sobre esta enfermedad que estigmatiza a los enfermos.
Es así que ha debido
legislarse para otorgarle los mismos derechos a los portadores de VIH que a los
“sanos”.
MARCO LEGAL
Legislación vigente
Argentina fue uno de los primeros
países de América Latina y el Caribe que sancionó (1990) la Ley 23798
denominada Ley Nacional de SIDA, presentada en 1989 por el Poder Ejecutivo
Nacional.
Establece:
- En ningún caso pueda afectarse la dignidad de la persona,
ni que se produzcan efectos de marginación, estigmatización, degradación o
humillación de las personas afectadas.
Dispone:
- El Estado debe garantizar el acceso
al testeo o diagnóstico, asegurando la confidencialidad (establece el
Registro de enfermos codificado); que el testeo debe ser voluntario, y promueve el secreto médico y el acceso de
todos los habitantes al cuidado y atención de la enfermedad.
1991 - Reglamentación de la ley por el Decreto 1244/91, que establece el
requisito del consentimiento informado y
reitera la confidencialidad frente al test y sus resultados.
1995 -
Se aprueba la Ley 24455 que
incluye la obligatoriedad de que las
Obras Sociales dispensen los
tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos de las personas con
VIH/SIDA y los programas de prevención del VIH/SIDA y de drogadependencia.
1996 - Se aprueba en el Congreso la Ley 24754, que incorpora la atención de las personas con VIH/SIDA por parte de
los seguros de salud privados: Medicina Prepaga.
Por último, existen Resoluciones
Ministeriales que especifican y establecen normas en la atención de las personas que viven con
VIH/SIDA y ETS.
Resolución Nº 528/92, incorpora al Programa
Médico Obligatorio (PMO) la obligatoriedad, por parte de las Obras Sociales, de
participar en los Programas de prevención del SIDA.
Resolución Nº 454/92, regula en su
Anexo, las normas que deben cumplir los preservativos.
Resolución Nº 105/97, aprueba la
Norma de SIDA en Transmisión Madre-Hijo. Resolución Nº 625/97, define cómo
deben considerar las Obras Sociales y empresas de Medicina Prepaga la cobertura
en VIH/SIDA. Otras leyes, decretos y normas que rigen el Sistema de Salud, así
como los derechos y garantías de los ciudadanos, tienen repercusión o incluyen
protección de derechos aplicables a las personas viviendo con VIH/SIDA y
afectadas por el mismo.
LEY 24455
Principios rectores de la Ley Nacional
de SIDA
•
Consentimiento
informado
•
Confidencialidad
•
Veracidad
•
No discriminación
•
Acceso a la
atención de la salud
Consentimiento informado
•
Proceso: se
debe desarrollar durante toda la
relación médico-paciente, basado en el diálogo y el respeto mutuo.
•
Implica brindar información al paciente de manera comprensible de manera que pueda decidir si se somete o no a la
práctica médica.
•
Este proceso se realiza con una autorización escrita en los casos que
lo exige la ley.
•
En el caso del testeo por HIV,
el paciente debe firmar dicha autorización antes de la extracción de sangre.
Confidencialidad
•
Obligación de guardar o no revelar la
información obtenida en una relación de
confianza
•
Alcanza a todos los miembros del equipo de
salud y a toda persona que conozca a una persona que tenga el virus.
Veracidad
•
Obligación de decir la verdad y no mentir o
engañar en cuanto a la información sobre el estado de salud de una persona
Discriminación
·
La Ley Antidiscriminación http://www.huesped.org.ar/HuespedWeb/sida/ley23952.htmlNro. 23.952, prohíbe cualquier forma de discriminación, quedando de
este modo incluida cualquier práctica de exclusión arbitraria hacia las
personas que viven con el virus.
Acceso a la atención de la salud
•
Garantizado para toda la población y está incluido en la Constitución Nacional y en
el derecho internacional de los derechos humanos. (Las obras sociales y medicina prepaga )
•
Se hallan
obligadas a brindar tratamiento médico,
farmacológico y psicológico
a las personas que viven con HIV.
HIV/SIDA EN EL MUNDO LABORAL
La organización Internacional del
Trabajo
La Organización
Internacional del Trabajo en su reunión cumbre celebrada en Ginebra 2010, en su
función de proteger los derechos de los trabajadores y en relación con la
discriminación y estigmatización a la que son pasibles las personas con HIV o
enfermos de SIDA promueve y recomienda
la creación de normativas nacionales e internacionales.
Sugiere a
los gobiernos, las instituciones sanitarias, las organizaciones de empleadores
y trabajadores definan sus funciones y responsabilidades con respecto a la problemática
del HIV y las personas que lo padecen, garantizando lo igualdad de
oportunidades para los mismos.
A tal
efecto destaca la posibilidad de prevenir la infección por el virus HIV
con la adopción de medidas adecuadas, que la persona enferma ya de SIDA padece
infecciones oportunistas y patologías agregadas, que puede ser estigmatizada
(marca social que cuando se relaciona a alguien causa marginación o constituir
un obstáculo para el pleno disfrute de la vida social) y discriminada
(distinción, exclusión o preferencia que afecte la igualdad de oportunidades).
También hace
mención de la vulnerabilidad ya sea por motivos sociales, económicos o
políticos para contraer HIV y la elasticidad necesaria de que los lugares
de trabajo dentro de lo factible a las posibilidades de los enfermos.
Esta
recomendación se aplica a todas las personas que ejercen cualquier empleo u
ocupación; las personas que reciben formación, incluidos los pasantes y
los aprendices, los voluntarios; las personas que buscan un empleo y los
trabajadores suspendidos de manera temporal por distintas razones; implica
tanto al sector público como privado, a las fuerzas armadas y a todos los
sectores de la actividad económica sin excepción.
Los
principios generales a tener en cuenta debieran ser que la adecuada respuesta
al problema de HIV en el marco laboral contribuye a la libertad e igualdad de
oportunidades, que el HIV es también una cuestión relacionada a lo laboral.
Los
principios generales siguientes deberían aplicarse a todas las actividades que
se realicen en el marco de la respuesta nacional contra el VIH y el sida en el
mundo del trabajo y que requiere de la concientización y
participación de todos los sectores de la sociedad.
Las
políticas y programas nacionales debieran adoptar medidas para la
creación o mejora de programas relativos al trabajo y el HIV,
integrándolas a sus estrategias de desarrollo y disminución de la pobreza.
También es
importante que las políticas nacionales consideren las recomendaciones de la
OIT o de otras organizaciones pertinentes
El
padecer HIV o SIDA nunca debe ser motivo de despido ni afectar
laboralmente a el trabajador o sus familiares –cuidadores.
La atención
médica y la medicación específica debieran ser gratuitas.
REGULACIÓN NACIONAL
En nuestro país, como antes fue mencionado, los exámenes llamados
pre-ocupacionales resultan obligatorios según lo dispuesto por la resolución
SRT 43/97. Dicha resolución establece el marco normativo para la realización de
los exámenes de salud a las personas que ingresan a la actividad laboral,
aquellas que se encuentran trabajando o las que egresan.
EL
MISMO CONSTA DE:
• Declaración Jurada de Enfermedades - Resolución: 43/97
• Examen Médico Clínico completo, con confección de historia clínica,
antecedentes personales, antecedentes heredofamiliares, antecedentes
quirúrgicos, etc., con el fin de recabar la mayor cantidad de datos, poniendo
especial énfasis en las enfermedades de interés médico laboral.
• Examen de agudeza visual y bucodental.
• Estudio Radiológico: Rx panorámica de Tórax frente.
• Examen de laboratorio: incluye hemograma completo, eritrosedimentación,
glucemia, uremia y orina completa
• Electrocardiograma.
EXAMEN
PERIODICO DE SALUD - Res 43/97 art.
3º
Tienen como objetivo determinar el estado de salud ante la exposición de
agentes físicos, químicos o biológicos. Su finalidad es la prevención de
diferentes patologías ante dicha exposición
EXAMEN DE EGRESO - Res. 43/97 art. 6º
EXAMEN DE EGRESO - Res. 43/97 art. 6º
Tiene como objetivo dejar establecido el estado de salud, cuando el
empleado egresa de la empresa ante un eventual reclamo efectuado por el ex
empleado, vinculado con algún tipo de enfermedad profesional.
ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS
AUDIOMETRIA TONAL para puestos en ambiente ruidoso o call center
RX LUMBAR F Y P para puestos con tareas de esfuerzo
RX CERVICAL F Y P para puestos de chofer
Ahora bien, es importante tener en cuenta que a pesar de esto NO ES
OBLIGATORIO incorporar el examen de VIH para la detección de la portación del
virus al incorporar personal al plantel de la empresa.
Para la realización de este estudio, el postulante debe ser puesto en
conocimiento del análisis al que va a ser sometido a pedido de la empresa. Debe
firmar una autorización para que el prestador de Medicina Laboral pueda tomar
la extracción de sangre con el fin de realizar dicho análisis.
Y sobre todas las cosas, el resultado sólo se entrega en mano del
paciente, nunca es informado a la empresa
porque de esta manera de estaría violando el secreto profesional penado por el
Código Penal.
El Pre-ocupacional y los derechos del
trabajador
La agencia de
Naciones Unidas, ONUSIDA, estableció las principales situaciones de
discriminación por las cuales atraviesa el colectivo, como por ejemplo el
análisis Pre-ocupacional obligatorios, análisis obligatorios durante el proceso
laboral, falta de confidencialidad, denegación del empleo por causa de estado
de SIDA-VIH, despidos.
En nuestro país el
Pre-ocupacional particularmente, se realizan en el marco de la Resolución SRT 43/97 de la Superintendencia de
Riesgos del Trabajo. Esta tiene objeto evaluar la aptitud física del
trabajador/a, afecciones preexistentes y detectar que la labor a realizar no
sea nociva para su salud. Su finalidad es
la de proteger la integridad del trabajador/a y en ningún caso puede utilizarse
para limitar u obstruir el acceso al
trabajo.
La ignorancia o los
prejuicios quizás llevan a algunos empleadores a insistir en la realización de
pruebas obligatorias de detección del VIH en el Pre-ocupacional ya que
consideran que de este modo se protege tanto a los trabajadores como el lugar
de trabajo.
Sin embargo se ignora
fundamentalmente que en primer lugar un trabajador que haya contraído el VIH no
está necesariamente enfermo y puede trabajar con toda normalidad una serie de
años (no se pide a los empleadores que contraten a personas no aptas para
trabajar), en segundo lugar, los trabajadores no corren el riesgo de contraer
el VIH por tener ocasionalmente contacto con un compañero de trabajo
seropositivo, en tercer lugar, el período de incubación del VIH oscila entre
seis semanas y seis meses (dos o tres meses en promedio), por lo que el
resultado negativo de este tipo de pruebas no es necesariamente fidedigno, en
cuarto lugar, un solicitante de trabajo puede no haber contraído el VIH hoy,
pero puede hacerlo mañana y por último y fundamental es que el hecho de conocer
la serología del empleado no debiera modificar sus derechos ya que en caso
contrario se estaría violando el “Derecho a la no Discriminación”.
Estas exigencias del
empleador se convierten en fuertes presiones y fuente de un gran estrés
psicológico que no favorece ni su rendimiento ni su condición física, para
quien posee el Virus. En el caso de que su situación no esté blanqueada sentirá
la obligación de hacerlo, sin embargo no tiene ninguna exigencia legal que la
obligue a realizarlo. De lo contrario, si la empresa ha obtenido esa información, lo que se le
debe recomendar portador del Virus es el envío de una carta documento
informando sobre su enfermedad con certificados que lo habiliten a trabajar y
que no hay riesgos de contagio. Esto lo amparará en cualquier situación futura
de discriminación que pueda padecer.
Una conclusión a la que se ha arribado es a
que en un entorno laboral en el que se respetan los derechos, es más probable
que los trabajadores se sometan voluntariamente a pruebas de detección del VIH
y cambien su actitud para correr y causar menos riesgos, convirtiéndose así en
agentes para la prevención.
La ONUSIDA junto con
la Fundación Huésped llevan a cabo una Iniciativa “Empresas comprometidas en
la respuesta al VIH/sida”, la misma nació en 2009 con el propósito de
eliminar la discriminación por VIH en el mundo laboral. Hoy ya forman parte del
proyecto más de 35 empresas en 7 países. Al inscribirse la empresa en esta
iniciativa sin costo alguno recibe un sello de “empresa libre de discriminación
por HIV”
Discriminación laboral por HIV en Argentina
Durante las últimas semanas circularon
por las redes sociales y medios de comunicación noticias sobre discriminación
hacia empleados que viven con VIH en bancos de la Argentina. Marcos Meichtri
ganó un juicio contra Citibank Argentina y Alejandro Suárez, ex empleado del
Standard Bank, obtuvo un dictamen favorable del INADI, en ambos casos por
discriminación laboral.
Marcos Meichtri entró a trabajar en
Citibank Argentina en 1996 y al año siguiente se enteró que vivía con el virus.
Él afirma que siempre se destacó en su trabajo por su buen desempeño y sus
rápidos ascensos, pero cuando la empresa se enteró de su diagnóstico comenzaron
las hostigaciones para obligarlo a renunciar.
Por esta razón, en 2003 él decidió iniciar un
proceso judicial contra el banco, que la semana pasada finalizó con un fallo
que obliga a la entidad bancaria a cancelar la suma de 100.000 pesos argentinos
(unos 22.000 dólares) a favor del demandante. Como dato extra, la hermana de
Meichtri, quien también trabaja en el Citi, fue informada de su próximo relevo
a un cargo de menor categoría. De no aceptarlo, puede optar por el retiro
voluntario.
Pero este no es el único caso que se
dio a conocer la semana pasada. A través de Twitter se inició un movimiento de
apoyo a Alejandro Suárez, quien a través de su cuenta en esta red social
denunció al Standard Bank por discriminación laboral luego de que se enteraran
de que vivía con VIH.
La historia de Alejandro es similar a
la de Marcos. Suárez entró a trabajar en la entidad financiera en 2006 y un año
después fue diagnosticado. Siguiendo los términos legales de la entidad,
informó a la empresa sobre su diagnóstico. Como resultado, los directivos del
banco comenzaron a cambiarlo de puesto constantemente y, más grave aún, un día
llegó a su lugar de trabajo y se encontró con la sorpresa de que todos sus
compañeros de oficina conocían su condición. Su derecho a la intimidad había
sido violado.
Alejandro fue despedido del banco sin
causa justificada. Entonces presentó una denuncia frente al INADI (Instituto
Nacional contra la Discriminación) en noviembre de 2010. El organismo acaba de
otorgar dictamen favorable a Alejandro por discriminación por VIH. Ayer lunes
el Standard Bank sería informado.
Suárez recibió amenazas: “Le dijeron a mi
abogada que si hablaba con los medios no iba a recibir siquiera una llamada de
parte de ellos. Yo les contesté que no pensaba atender llamados de ellos. A
partir de ese momento he recibido ofertas monetarias pero no he aceptado
ninguna”, relató. Y agregó que lo que más anhela no es el resarcimiento
económico sino recuperar su fuente de ingresos: “Me tienen que pagar porque la
justicia así lo dice, pero yo quiero mi trabajo, la dignidad del trabajo que
merezco como cualquier otra persona.”
Alejandro afirma que recién ahora
decidió sacar el caso a la luz porque para él fue complicado asimilar su
situación ante sus compañeros de trabajo y afrontar la exposición pública.
En la actualidad, proyectos como
“Empresas comprometidas en la respuesta al VIH/SIDA”, desarrollado por la
Fundación Huésped y ONUSIDA, buscan que mediante una acción multisectorial se
brinde a los actores del mundo laboral las herramientas necesarias para
comprometerse con la respuesta a la epidemia. El proyecto ha logrado que
empresas radicadas en la Argentina como Abbott, Brinks, Burger King, Coca Cola,
Edenor, Global Crossing, IBM, ISS, La Rural, L’Oreal, MDI, Sadesa, Scienza,
Starbucks y Zona Jobs se comprometan a no discriminar a causa del VIH.
Sin empleo por
tener SIDA
Lo echaron del trabajo cuando se detectó, por medio de un examen de
sangre, que era portador de HIV. Le hizo juicio a sus empleadores por despido
sin justa causa y lo ganó. Ahora deberán pagarle $180.000. Carlos trabajó como
marino mercante durante más de 12 años. Era primer mozo de a bordo en una
compañía de barcos. Su desempeño en la empresa era normal y jamás recibió
llamados de atención por parte de sus superiores. Periódicamente se realizaba
chequeos médicos que eran exigidos por Prefectura Naval Argentina pero ninguno
de ellos incluía exámenes de HIV. Una tarde fue citado a hacerse los estudios
en una clínica distinta a la que siempre le asignaban. Sin su consentimiento le
realizaron una prueba para ver si tenía Sida. El resultado dio positivo pero no
se lo informaron. Días más tarde la empresa le anunció su despido con justa
causa. En ese momento se enteró de los resultados del examen. Además,
Prefectura Naval Argentina estableció la inhabilitación de su certificado de
capacidad náutica. Indignado por el despido, al que consideró injustificado,
inició un juicio laboral contra la compañía y Prefectura con el fin de obtener
la indemnización tarifada que fija la Ley de Contratos de Trabajo. En primera
instancia el juez que entendía en la causa estableció la responsabilidad de la
empresa y absolvió a Prefectura. La sentencia fue apelada por ambas partes.
ENTES REGULADORES EN LA LUCHA CONTRA LA
DISCRIMINACIÓN
Defensoría del
Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires
La Defensoría del Pueblo es un organismo de control autónomo e
independiente que no recibe instrucciones de ninguna autoridad. Su función es
proteger y defender los derechos humanos individuales y sociales de los
vecinos; supervisar el funcionamiento de las instituciones del Estado y el
desempeño de los funcionarios; controlar las empresas de servicios públicos y
atender las inquietudes de las personas que se sientan afectadas por abusos,
negligencias o irregularidades. Se pueden reclamar, entre otros, los
siguientes temas: Violaciones a los derechos de los adultos mayores.
Maltrato institucional. Corrupción: se reciben denuncias de casos de corrupción
sistemática de funcionarios y organismos del área.
INADI
Instituto Nacional contra
la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
Es un organismo descentralizado
que fue creado mediante la Ley Nº 24.515 en el año 1995 y comenzó sus tareas en
el año 1997. Desde el mes de marzo de 2005, por Decreto Presidencial Nº 184, se
ubicó en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Las acciones del INADI están dirigidas a todas aquellas personas cuyos
derechos se ven afectados al ser discriminadas por su origen étnico o su
nacionalidad, por sus opiniones políticas o sus creencias religiosas, por su género o identidad sexual, por tener alguna discapacidad o enfermedad, por su edad o por su aspecto
físico. Sus funciones se orientan a garantizar para esas personas los mismos
derechos y garantías de los que goza el conjunto de la sociedad, es decir, un
trato igualitario.
Para dar cumplimiento a los presupuestos enunciados en la creación del
INADI, éste se organizó en diferentes áreas que desarrollan los programas y
proyectos específicos que dan cuenta de los objetivos institucionales.
CELS
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) es una organización no
gubernamental que trabaja en la promoción y protección de los derechos humanos
y el fortalecimiento del sistema democrático y el Estado de Derecho en
Argentina.
La fundación del CELS en 1979, durante la dictadura militar, respondió a
la necesidad de afrontar acciones rápidas y decisivas para detener las graves y
sistemáticas violaciones a los derechos humanos, documentar el terrorismo de
Estado y proporcionar ayuda legal y asistencia a los familiares de las
víctimas, especialmente en el caso de detenidos-desaparecidos. El grupo
fundacional de abogados se organizó con el fin de disputarle a la dictadura un
espacio despojado absolutamente de todo vestigio de independencia, el Poder
Judicial. Ese grupo pronto vio la necesidad de reunir pruebas que respaldaran
sus presentaciones.
En la actualidad, el CELS trabaja en la detección de las violaciones a
los derechos humanos que se producen en el marco del sistema democrático. En
este contexto, entiende prioritarias cuestiones como la violencia institucional,
el acceso a la justicia, las condiciones de detención, el acceso a la
información y la libertad de expresión, la discriminación, la situación de los
inmigrantes y la exigibilidad de los derechos económicos, sociales, y
culturales. Al mismo tiempo, se considera ineludible la tarea de mantener viva
la memoria del pasado y continuar la lucha contra la impunidad de los crímenes
cometidos por la dictadura militar.
CONCLUSION
¿Qué implica tener un
empleado con VIH en la empresa?
Una de las dudas más frecuentes por parte de las empresas es si un
empleado con VIH supone un riesgo para sí, y /o para el resto de sus
compañeros. También si un empleado con VIH implica un costo mayor para el
empleador, por el tratamiento que tiene que llevar adelante o si desarrolla un
mayor ausentismo que lo regular.
Éstos, entre tantos otros, son mitos que circulan cotidianamente en
relación al VIH y el mundo laboral, que refuerzan la estigmatización y
discriminación hacia las personas con VIH. No existe un régimen laboral
diferenciado para las personas con VIH. El virus de VIH no se transmite de
forma casual, sino a través de 3 vías muy claras y bien definidas: vía sexual,
de la madre al hijo durante el embarazo, el parto o la lactancia y mediante la
sangre o por elementos cortopunzantes. La utilización de elementos de
bioseguridad se constituye, en la actualidad, en una práctica universal y
obligatoria, sin importar si existe infección por VIH conocida o no.
El tratamiento no genera costos para el empleador. En Argentina, las
personas con VIH tienen garantizado el tratamiento médico, farmacológico y
psicológico a través de las obras sociales, empresas de medicina prepaga o el
hospital público (en caso de no tener otra cobertura, es el Estado quien debe
proveer la medicación y el tratamiento adecuado).
Las personas con VIH no generan mayor ausentismo, ni requieren
adecuación de tareas de acuerdo al diagnóstico. La solicitud de la prueba de
VIH viola el derecho a la intimidad, es arbitraria e innecesaria. No existe
normativa que establezca la obligatoriedad para los trabajadores de notificar
al empleador acerca de la infección por VIH. Y hacerlo tampoco protege a la
persona de un eventual despido si no cumple con el contrato que fue
establecido.
En Fundación Huésped, se brinda orientación y asistencia psico-social y
de promoción de derechos a las personas afectadas. A través de un servicio
gratuito, se las contiene y asesora dentro del marco legal para que conozcan
sus derechos y se les ofrecen diferentes alternativas para mejorar su
empleabilidad. Asimismo se acompaña a las empresas para que generen y promuevan
políticas y programas internos que eliminen la discriminación y capacite e
informe a sus empleados en la materia.
Es una realidad que
vivimos inmersos en una sociedad en la cual ante lo diferente o amenazante
tendemos a darle la espalda y desplazarlo. Como muchas otras situaciones
similares, es un mito el que una persona sea portadora del virus del HIV
perjudique a las personas que conviven a su alrededor o interrumpa sus
actividades cotidianas. Es importante, ante todo, estar bien informados al
respecto, tener en cuenta que si bien se trata de una enfermedad crónica no
dista de ser tan crónica como puede serlo un paciente de cáncer, un paciente
diabético, (entre otras) en las cuales si la persona se encuentra dentro del
tratamiento adecuado a su situación resulta ser tan competente como si se
tratara de una persona sana.
Debemos tomar
conciencia en quitar estos prejuicios que se encuentran implícitos, que nos
impone la cultura con la herramienta mas importante e imprescindible de todas
que es la educación, la información, luchando para que las leyes sean cumplidas
y debidamente implementadas. La conducta discriminativa debe ser totalmente
erradicada dado que genera
problemas a la persona portadora del virus como a su entorno familiar, ya que
se privan de realizar sus proyectos, ser
y vivir su vida en libertad y en total y completa armonía psico-social. Lo importante es dejar de lado la actitud exclusiva y
tomar conciencia de los cuidados a tomar para evitar dichas consecuencias a
futuro.
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